En Colombia, toda empresa con diez o más trabajadores debe tener un Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST); con menos, actúa un Vigía de SST. Sus reglas vienen de la Resolución 2013 de 1986, con los cambios del Decreto 1295 de 1994, y su papel en el SG-SST está en el Decreto 1072 de 2015. Aquí tiene lo esencial y un quiz de repaso para los integrantes del comité.
Conformación y elección
- Obligatorio con 10 o más trabajadores (Resolución 2013 de 1986, art. 1).
- Igual número de representantes del empleador y de los trabajadores, con suplentes: uno por parte de 10 a 49 trabajadores, dos de 50 a 499, tres de 500 a 999 y cuatro desde 1000 (art. 2).
- El empleador nombra a sus representantes; los trabajadores eligen a los suyos por votación libre (art. 5).
- El periodo es de dos años y el empleador da a cada miembro al menos cuatro horas semanales dentro de la jornada (Decreto 1295 de 1994, art. 63).
- El empleador designa al presidente entre sus representantes; el comité elige al secretario (art. 9).
El nombre cambió dos veces: Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, luego COPASO y hoy COPASST (Decreto 1072 de 2015, art. 2.2.4.6.2, parágrafo 2).
Reuniones y funciones
El comité se reúne al menos una vez al mes, en la empresa y en horario de trabajo, y en forma extraordinaria dentro de los cinco días siguientes a un accidente grave o riesgo inminente (art. 7). El quórum es la mitad más uno; pasados 30 minutos sesiona con los presentes (art. 8).
Es un organismo de promoción y vigilancia: propone medidas, participa en la capacitación, inspecciona periódicamente los lugares de trabajo, colabora en el análisis de accidentes y tramita los reclamos de los trabajadores sobre seguridad y salud (art. 11). No se ocupa de asuntos disciplinarios, de personal o sindicales (art. 10).
El COPASST en el SG-SST
El Decreto 1072 de 2015 le da un papel en el sistema de gestión: la auditoría anual se planifica con su participación (art. 2.2.4.6.29), integra el equipo que investiga los accidentes (art. 2.2.4.6.32) y, si un trabajador muere, la investigación se hace con el comité dentro de los 15 días calendario (art. 2.2.4.1.6). La ARL debe capacitarlo (art. 2.2.4.6.9).
El quiz sirve para la capacitación del comité recién elegido o para una reunión mensual: se proyecta y se responde desde el celular. No reproduce la evaluación de ninguna ARL.